CARTA Nº: 003/DINFE – SDE.
Señores :
Unidad de Investigación de Canal 9
Atención :
Lizbeth Martínez Garro.
Tengo el agrado de dirigirme a Ud.,
para expresarle mi cordial saludo y a la vez poner en su conocimiento en
relación al tema solicitado, referido al reportaje sobre la “Venta de Uniformes
del Ejército Peruano con insignias incluidas por personas no autorizadas,” al
respecto debo manifestarle lo siguiente:
1. El
uso de los uniformes, está regulado por el reglamento del Servicio en Guarnición
para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional “RFA 04 – 32”, que a la letra dice:
Toda persona
que no pertenezca a las Fuerzas Armadas o Policía Nacional y que sin la debida
autorización de la respectiva institución, use uniforme y/o prenda militar y/o
prendas similares que pudieran confundir a la ciudadanía respecto a una
supuesta vinculación con alguna de las instituciones armadas o con la Policía Nacional,
y cuyo acto afecte de alguna manera la imagen y prestigio de estas, será
inmediatamente detenida por la Policía Nacional del Perú y puesta a disposición
de la autoridad judicial competente. Las prendas serán decomisadas por la Policía
Nacional del Perú y remitidas a la Comandancia de Armas, la que deberá realizar
la investigación correspondiente.
2. Además,
de acuerdo al reglamento de uniformes del Ejército “RE 670-10 del 2004”
menciona lo siguiente: el uso de uniformes y prendas militares contempladas en
el presente reglamento es privativo de los miembros del Ejército, cometiendo
delito previsto en el Código de Justicia Militar, quienes lo usen sin
corresponderle.
3. Con
respecto a la confección de uniformes, el Ejército del Perú convoca a procesos
de selección para la contratación de uniformes que están regulados por el DL 1017
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; sin embargo, su asignación
está determinada por el Departamento de Abastecimiento del Servicio de
Intendencia del Ejército, el cual asigna la cantidad de uniformes que deben
distribuirse a nivel nacional.
4. Posteriormente
estos uniformes son transportados hasta las diferentes Unidades Operativas del Perú,
las cuales también tienen almacenes y son recepcionados en dichos lugares para consecutivamente
ser distribuidos y entregados a las Unidades y Pequeñas Unidades de cada Unidad
de Operación; seguidamente estas últimas realizan la entrega a cada Soldado de
manera personal.
5. Cabe
señalar que el procedimiento a seguir para la obtención de la autorización para
la Venta y Licencia Municipal de Funcionamiento, es el siguiente:
La autorización
para el funcionamiento de cualquier negocio que disponga de un local comercial
lo proporciona la Municipalidad de cada uno de los distritos, para desarrollar
la actividad comercial; referente al rubro al cual se dedicará la empresa, este
lo obtiene de la formalización de la minuta de constitución de la empresa, en
su representación jurídica que tome; es decir, como E.I.R.L, S.R.L, S.A, S.A.C.
y S.A.A. o simplemente como persona
jurídica, debidamente registrados en los Registros Públicos del Perú.
6. Es
importante reiterar que el Ejército como Institución únicamente realiza la compra
de uniformes é insignias militares a través de los Procesos de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado. Por otra parte, el Comando del Ejército proporciona
bienestar a su personal facultando a los Bazares Militares que se encuentran
ubicados dentro de las instalaciones militares a la venta de uniformes y
prendas militares.
Hago propicia la
ocasión para expresarle los sentimientos de mi consideración y deferente
estima, quedando a disposición de usted.
(FDO)
MIGUEL
FRANCISCO VEGA SUCCAR
General de Brigada
Director
de Informaciones del Ejército
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Ejército aclara situación de venta ilegal dee uniformes
en el mercado negro
Estos uniformes son adquiridos legalmente por el personal
militar en los bazares de las Guarniciones militares y por las
dotaciones a las que son objeto
Militar que adquiere algun uniforme militar en el mercado negro,
es bajo su responsabilidad y si es adquirido por personal
civil que no tiene nada que ver con lo militar se debe atener
a las consecuencias porque comete delito
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